Lino Calderón
La Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (FEPADE) informa que acatará la resolución emitida por el Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, sobre el caso relacionado con un ex director de Petróleos Mexicanos.
La FEPADE es respetuosa de los ordenamientos judiciales, se agilizarán las diligencias ordenadas para el desarrollo de la investigación.
Asimismo, reitera el compromiso con la transparencia, la actuación en el marco de la legalidad y el respeto al debido proceso.
Un juez federal concedió un amparo al exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Ricardo Lozoya Austin, en lo que la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) determina si ejercerá o no acción penal en su contra por el caso Odebrecht y por el supuesto financiamiento ilícito de la campaña presidencial de Enrique Peña Nieto, en 2012.
El juez Octavo de Distrito de Amparo en materia Penal ordenó a la Fepade subsanar los vicios en el procedimiento en los que incurrió al determinar que la investigación continúa en curso porque el delito no ha prescrito, y resuelva nuevamente si procede o no continuar con el asunto.
Para ello, la Fepade contará con un plazo de 30 días hábiles en los que deberá determinar si existen o no diligencias pendientes por practicar y, en su caso, las desahogue de inmediato.
Después de ese término, la Fiscalía tendrá 40 días naturales más para que resuelva si ejercerá o no acción penal y, de hacerlo, judicialice la carpeta de investigación.
El juez de amparo consideró que el Ministerio Público no motivó suficientemente la respuesta que emitió el 10 de julio de 2018, en la que se negó a declarar prescritos los delitos por los que investiga a Lozoya pues no determinó en qué momento se ejercitó la conducta delictiva y si su resultado fue instantáneo, permanente o continuo para aseverar que procede seguir con su investigación.
"No se advierte que la autoridad haya expuesto los razonamientos suficientes para determinar la improcedencia de la prescripción de la acción penal, ya que únicamente señaló las fechas futuras de prescripción por cada uno de los ilícitos contemplados en los artículos 407 y 412 del Código Penal Federal y 11 y 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de manera dogmática, sin evidenciar los motivos que le llevaron a establecerlas", indicó la juez.
De acuerdo con las últimas declaraciones del ex encargado de despacho de la Procuraduría General de la República (PGR), en el caso Odebrecht que se investiga por dos vías en la dependencia (por delitos electorales y financieros), las asistencias jurídicas requeridas para continuar las diligencias aún no llegan.
La indagatoria de la Fepade fue abierta desde agosto del año pasado luego de que algunos ex directores de la constructora brasileña vincularon a Lozoya con una cuenta de Latin American Asia Capital, en las Islas Vírgenes.
De acuerdo con las declaraciones, a través de dicha cuenta, Odebrecht depositó en 2012 la cantidad de 3 millones 150 mil dólares para financiar la campaña de Peña Nieto.
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