Juez da luz verde a política de AMLO
para frenar aumento del precio de gas
*El juzgador determinó negar la suspensión definitiva a empresas que pidieron congelar las medidas impulsadas por la Sener y la CRE.
Ángel Iturralde
A pesar de la controversia ahora el juez Juan Pablo Gómez Fierro rechazó frenar las "medidas de emergencia" que puso en marcha el gobierno de Andrés Manuel López Obrador para que no aumente de manera injustificada el precio de Gas Licuado de Petróleo (Gas LP), uno de los energéticos de consumo básico más importante para las familias del país.
El titular del juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, determinó negar la suspensión definitiva a empresas que pidieron congelar las medidas impulsadas por la Secretaría de Energía (Sener) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Las compañías promovieron amparos solicitando suspender la Directriz de Emergencia para el Bienestar del Consumidor de Petróleo, publicada el 28 de julio de este año por la Sener, así como el acuerdo de la CRE que establece la regulación de precios máximos de Gas LP, emitido a partir de la citada directriz.
Las empresas inconformes son: Petrolíferos Enerpres, Gas del Atlántico, Regio Gas, Gas del Norte de Tamaulipas, XXTRA Gas, Central de Gas, Distribuidora de Gas Noel, Súper Gas de Los Altos, Jebla y Sibagas Operadora.
El juez federal indicó que en el documento denominado "Transición hacia Mercados Competidos de Energía: Gas LP", emitido por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), se hace constar la falta de competencia en el eslabón de la distribución y el expendio de Gas LP al usuario final, y que la autoridad de competencia no ha resuelto las investigaciones que está llevando a cabo para determinar la existencia de condiciones de competencia efectiva en las actividades de distribución no vinculada a ductos y de expendio de Gas LP.
Por esta razón, la CRE consideró necesario intervenir en el sector para corregir los aumentos injustificados del precio de gas licuado de petróleo que están afectando la economía de los usuarios finales y el desarrollo del sector.
"Es decir, el órgano regulador consideró que los elementos descritos resultaban suficientes para concluir que no existen condiciones de competencia en los mercados de comercialización y distribución de gas licuado de petróleo, y que los incrementos constantes al precio que deben pagar los usuarios finales por este recurso, no se encontraban justificados, motivo por el cual, tomó la decisión de implementar una medida de emergencia para atender dicha problemática", explicó.
Gómez Fierro indicó que es claro que existe un interés social en la ejecución del acuerdo reclamado, pues contempla una medida temporal que busca frenar el incremento, aparentemente injustificado, del precio de gas licuado de petróleo al usuario final.
"En ese orden de ideas, sin prejuzgar sobre el procedimiento que siguieron las autoridades responsables al emitir los actos reclamados y las razones económicas que los sustentaron, porque ello constituye la materia del fondo del asunto, este juzgador considera, preliminarmente, que estas actuaciones sí persiguen una finalidad de interés social y orden público, además advierte que, su paralización podría privar a la colectividad de los beneficios que obtendría si se logra implementar una regulación que tiene por objeto frenar el alza de precios de un recurso de consumo necesario para la población en general; sin que los argumentos formulados por las quejosas, permitan arribar a una decisión contraria", puntualizó.
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