Tijuana
Baja California es de
los bajacalifornianos
*La reforma aludida ha despertado la crítica tanto de la prensa local como federal, así como de actores políticos generando animadversión entre la población y sus representantes populares: los diputados.
Guillermo Ruiz Hernández
Es un hecho conocido que el artículo octavo transitorio de la Constitución Política del Estado de Baja California, aprobado mediante decreto número 112 de fecha 11 de septiembre de 2014, fue reformado por el Congreso del Estado, en sesión ordinaria de fecha 11 de julio de 2019, con el voto y aprobación de los Ayuntamientos de Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito.
La anunciada reforma establece que: "… la Gubernatura electa en el proceso electoral de 2019, iniciará funciones el primero de noviembre de 2019 y concluirá el 31 de octubre de 2024". Por lo que el objetivo del artículo transitorio reformado se encuentra vigente: Unificar el proceso electoral local con el federal.
Ahora bien, la reforma comentada cumple a cabalidad con la exigencia que impone el ordinal 112 de la Carta Magna local, es decir, fue aprobada por mayoría de votos de los diputados estatales y sancionada por los Ayuntamientos de la ciudades de Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito.
No obstante de lo anterior, la reforma aludida ha despertado la crítica tanto de la prensa local como federal, así como de actores políticos generando animadversión entre la población y sus representantes populares: los diputados.
Las críticas, lejos de ser constructivas y colaborar con la educación política de la ciudadanía bajacaliforniana, edifican una serie de hechos que provienen de la ficción.
Unos dicen que el partido político gobernante ordenó a través del Ejecutivo Nacional la inmediata reforma para que el gobernador electo de nuestro Estado pueda prevalecer en el poder por más tiempo del que fue elegido; otros refieren que los diputados se corrompieron ante los intereses del partido gobierno.
A guisa de ello, la "oposición" encarnada en el Partido Acción Nacional, afirmó que los diputados de la bancada blanquiazul fueron maniobrados por la plataforma política de Morena, con la nefasta intención de que la reforma sea un ensayo político para lograr en un futuro la ampliación del mandato constitucional conferido al licenciado Andrés Manuel López Obrador.
Afirmación totalmente desacertada. Como ha quedado anotado, la reforma tiene por objeto unificar los procesos electorales que a nivel local y federal tienen lugar en la agenda política. La reforma cumple con los requisitos que exige la Constitución Política local, en su numeral 112, en pocas palabras, fue aprobada y sancionada con la mayoría de votos de los diputados del Congreso del Estado de Baja California y por la mayoría de sus ayuntamientos. En ese orden de ideas, la reforma obedece a intereses superiores, mismos que emergen de la propia sociedad. De la exposición de motivos de la iniciativa de reforma se desprende el impacto negativo económico que una gubernatura de dos años puede acarrear al Estado en perjuicio de sus ciudadanos.
Acorde a la realidad y a la experiencia, ningún gobierno puede transitar en beneficio de sus ciudadanos en un periodo de dos años. Debe recordarse que los gobiernos municipales son electos por el periodo de tres años, mismos que resultan insuficientes para el desarrollo de sus programas sociales y económicos.
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